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09.05.2022
Nuevo Reglamento de exención por categorías para los acuerdos verticales - principales cambios

El 10 de mayo, la Comisión Europea adoptó el nuevo Reglamento de exención por categorías para los acuerdos verticales ("Reglamento de exención por categorías vertical": https://ec.europa.eu/competition-policy/antitrust/legislation/vertical-block-exemptions_en), que se complementa con las nuevas Directrices verticales. El objetivo principal de las nuevas normas es mejorar la compatibilidad de los acuerdos de suministro y distribución con las normas de competencia de la UE. Los dos conjuntos revisados de reglas entrarán en vigor el 1 de junio de 2022.


La Comisaria Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, hizo hincapié en la importancia de adaptar las normas a la competencia en los próximos años: "Las nuevas normas proporcionarán a las empresas una orientación actualizada que sea adecuada para una década aún más digitalizada."


Antecedentes


Los acuerdos verticales son acuerdos entre dos o más empresas que operan en diferentes niveles de la cadena de producción o distribución que se refieren a las condiciones en las que las empresas implicadas pueden comprar, vender o revender bienes o servicios.


El Reglamento de Exención por Categorías Vertical exime a los acuerdos verticales que cumplen ciertas condiciones de la prohibición establecida en el artículo 101(1). El Reglamento de exención por categorías vertical se complementa con las Directrices, que explican cómo debe interpretarse y aplicarse el Reglamento de exención por categorías vertical y cómo deben evaluarse los acuerdos verticales no protegidos por él.


Principales cambios en las normas revisadas


El Reglamento de exención por categorías vertical establece excepciones a la prohibición establecida en el artículo 101 (1) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) para los acuerdos entre empresas que operan en diferentes niveles de la cadena de producción o distribución.


Para que se aplique la exención, deben cumplirse los requisitos, que se debatieron durante varios años antes de la adopción del Reglamento. La evaluación comenzó en octubre de 2018 y la fase de consulta finalizó en mayo de 2019. En octubre de 2020, la Comisión publicó la "evaluación de impacto inicial de VBER" y abrió la posibilidad de retroalimentación hasta el 20 de noviembre de 2020. El elevado número de respuestas muestra la pertinencia y la controversia (164 reacciones, incluidas 93 asociaciones y 42 empresas/asociaciones empresariales). Durante la fase de consulta del año pasado, hubo de nuevo una respuesta considerable. En esencia, la evaluación muestra que muchas empresas y asociaciones no sabían claramente cuándo y cómo se aplicaban las normativas anteriores (https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/12636-EU-competition-rules-revision-of-the-Vertical-Block-Exemption-Regulation/public-consultation_en).  


Los cambios adoptados ahora incluyen tanto restricciones como ampliaciones:


Limitación del ámbito de aplicación protegido: Ya no será posible eximir determinados aspectos de la doble distribución y determinados tipos de obligaciones de paridad con arreglo al nuevo Reglamento, sino que deberán evaluarse individualmente con arreglo al artículo 101 del TFUE.


Ampliación del ámbito de protección: Las restricciones a la capacidad de un comprador para dirigirse activamente a clientes individuales (venta activa) y determinadas prácticas relacionadas con las ventas en línea estarán exentas en virtud del nuevo Reglamento de exención por categorías vertical, siempre que se cumplan todas las demás condiciones.


Ejemplos de cambios de especial interés


El artículo 1(1)(l) junto con el artículo 1(1)(n) establece una definición de ventas activas. Además, el nuevo Reglamento contiene propuestas de modificación de las normas sobre restricciones activas a la venta.


El artículo 4(b) introduce la posibilidad de la exclusividad compartida, permitiendo a un proveedor designar hasta un máximo de 5 distribuidores por territorio o grupo de clientes.


Otro cambio relacionado con la distribución exclusiva se refiere a la posibilidad de que el proveedor exija a sus distribuidores que apliquen restricciones a la venta activa a sus clientes. El nuevo Reglamento y las nuevas Directrices verticales aclaran que la exención por categorías también se aplica cuando un proveedor exige a sus distribuidores que apliquen restricciones a la venta activa en territorios o grupos de clientes asignados exclusivamente a otros distribuidores. Sin embargo, dicha transmisión no está exenta más adelante en la cadena de distribución.


La Comisión Europea ha publicado información sobre los principales cambios en una nota explicativa: https://ec.europa.eu/competition-policy/system/files/2022-05/explanatory_note_VBER_and_Guidelines_2022.pdf


Fuente: Chambers.com

Fuente: Chambers
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